LA ONU RECONOCE OFICIALMENTE LAS PROPIEDADES TERAPÉUTICAS DEL CANNABIS

Uno de los cambios normativos más relevantes de las últimas décadas en lo relativo a políticas sobre estupefacientes que da un paso más en pro de la legalización. Después de años de fiscalización y persecución, y siendo una las recomendaciones presentadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) el pasado 24 de enero de 2019, asesorada por el Comité de Expertos en Farmacodependencia, la ONU por fin ha reconocido las propiedades medicinales de la planta del cannabis.

Este cambio de opinión ha tenido lugar a raíz de una votación celebrada este miércoles en Viena en el 63 periodo de sesiones de la Comisión de Estupefacientes (CND). Este es el órgano ejecutivo que regula materias relacionadas con las sustancias estupefacientes en el seno de la ONU.

Propiedades terapéuticas

El representante de la OMS ha expuesto en el plenario que ya existen evidencias del potencial terapéutico del cannabis en muchos países en los que se han puesto en marcha programas y han legalizado su utilización. Desde su punto de vista, el cannabis debe estar incluido en las Listas de estupefacientes con la finalidad de garantizar su control. De esa manera se evitan los efectos negativos que acarree su consumo, pero que no se impida acceder a preparados relacionados con esta planta para uso medico. Ni se obstaculice la investigación científica, debido a las grandes propiedades terapéuticas para muchas enfermedades.

Votación

España, junto con el resto de Estados Miembros de la Unión Europea, salvo Hungría, ha votado a favor de la modificación. La decisión ha sido tomada por mayoría simple de entre los 53 Estados Miembros de la mencionada Comisión por 27 votos a favor, 25 en contra y una abstención. El apoyo de los países de la UE y una gran parte de América, destacando Estados Unidos y Canadá, han inclinado la balanza a favor de la descatalogación del cannabis de la Lista IV.

Los Estados que votaron contra la modificación consideran que relajar el control del cannabis envía un mensaje equivocado. Ya que es un momento en el que algunos países como Canadá o Uruguay han legalizado el uso recreativo de la marihuana. Además de que banaliza su consumo y minimiza los daños que produce en la salud. Algunos de estos países son Rusia, China, Pakistán, Perú, Chile Cuba, Brasil y gran parte de los países africanos con voto en la asamblea de la CND.

Listas de estupefacientes

Se ha optado por retirar el cannabis y su resina de la Lista IV de la Convención Única de Estupefacientes de 1961. Dicha Convención establece cuatro listas que recogen más de un centenar de sustancias y materias primas utilizadas en la fabricación de estupefacientes, las cuales quedan fiscalizadas internacionalmente y categorizadas en diversos grados según su adicción y/o peligrosidad.

En esta Convención, el cannabis fue encuadrado dentro de la Lista I, la cual enumera sustancias que son muy adictivas y de probable uso indebido. Y precursores que pueden convertirse en estupefacientes, que son muy adictivos y de probable uso indebido, pero con propiedades terapéuticas, como la morfina. Y en la Lista IV, en la que se incluyen estupefacientes clasificados en la Lista I con “propiedades particularmente peligrosas” y de escaso o nulo valor terapéutico, como la heroína.

En concreto, con respecto a los estupefacientes de la Lista IV, el artículo 2.5 b) de la Convención dispone lo siguiente “Las Partes prohibirán la producción, fabricación, exportación e importación, comercio, posesión o uso de tales estupefacientes, si a su juicio las condiciones que prevalezcan en su país hacen que sea este el medio más apropiado para proteger la salud y el bienestar públicos, con excepción de las cantidades necesarias únicamente para la investigación médica y científica”.

Hasta ahora, a pesar de los beneficiosos resultados sobre enfermedades como el Parkinson, la esclerosis, la epilepsia, el dolor crónico, el cáncer, etcétera; la investigación médica con cannabis era posible de forma limitada. Ya que la inclusión de la sustancia en la Lista IV frenaba a muchos laboratorios debido a las restricciones y los diversos tratamientos legales que tiene en cada país.

Uso medicinal

La decisión de hoy supone que se reconoce oficialmente la utilidad médica de la planta. Aunque su consumo con fines lúdicos o recreativos sigue prohibido en la normativa internacional puesto que sigue considerándose como una sustancia adictiva. Desde ahora esta legislación será más laxa y permitirá su uso terapéutico bajo el control de las autoridades de cada país. El resultado de la apretada votación podría considerarse como un hecho histórico dentro de la materia. Aunque también podría quedarse en una mera reseña anecdótica y simbólica más que efectiva.

El voto a favor de España podría traducirse en un paso adelante hacia un nuevo marco legal que permite la utilización del cannabis con fines medicinales. Esta decisión sigue el camino de la propuesta del PNV en el Congreso para que se estudie la posibilidad de regular el cannabis para uso médico en España como lo está en otros países. Aunque esta propuesta fue rechazada por el Ejecutivo, que alegó la necesidad de contar con evidencias científicas antes de llevar a cabo cualquier cambio normativo, puede que la decisión de la CND y el voto a favor de España encaminen esta situación hacia la legalización del uso del cannabis para estos objetivos.

Durante este periodo de sesiones de la CND se han sometido a votación otras recomendaciones de la OMS a la ONU. Una de ellas es la recomendación de incluir una nota al pie de la Lista I de la Convención Única de 1961 en la que se especifique que las preparaciones de cannabidiol que contengan menos de 0,2% de THC no están sujetas a control internacional. Lo que en principio podría ser una medida conveniente podría convertirse en contraproducente, ya que el CBD no estaba recogida en ninguna de las mencionadas listas.

FUENTE:  THC ABOGADOS

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